SEGURO PARA EMPRESAS
Seguro cascos marítimo
Las partes de la embarcación que asegura la póliza de Casco Marítimo se encuentran incluidos el casco, la arboladura, las maquinarias, maquinaria auxiliar, equipos y demás implementos.
No incluye dentro de la cobertura el combustible, las redes de pesca, las provisiones o víveres para la tripulación ni sus efectos personales o equipos que se encuentran dentro de la embarcación, pero no forman parte integrante de la misma, incluyendo en este concepto a la carga o a la captura en el caso de naves pesqueras.
El Valor Asegurado
El valor de la nave y sus equipos está dado de común acuerdo entre el asegurado y La Compañía de Seguros. Usualmente este valor está dado por un Perito Naval, nombrado de común acuerdo entre ambas partes quien establece la valorización de acuerdo a parámetros ya establecidos como son la actividad a la que se dedica la embarcación, el año de fabricación, material de construcción, su estado de conservación u otra información de ser requerida.
COBERTURAS
Coberturas básicas.
– Pérdida Total Absoluta o Real. – Es la destrucción o desaparición completa de la embarcación a consecuencia de alguno de los riesgos o peligros asegurados.
– Pérdida Total Constructiva. – Se considera que existe una Pérdida Total Constructiva cuando los daños materiales sufridos por la embarcación sumados a los gastos por salvarla, alcancen o superen la suma asegurada o el porcentaje de la suma asegurada señalada en la póliza u otra condición especificada en la póliza.
Para que se configure la Pérdida Total Constructiva, debe necesariamente hacerse el acto de Abandono.
La Pérdida Total Constructiva puede darse en los siguientes casos:
- Por falta absoluta de noticias de la embarcación (Después de 4 meses)
- Por inhabilitación absoluta de la nave para navegar
- Por falta absoluta de medios para su reparación
- Si el monto de las reparaciones alcanza o superen la suma asegurada o lleguen al porcentaje del valor asegurado indicada en la póliza u otra condición especificada en la póliza.
Coberturas adicionales
– Averías Particulares por Incendio o Explosión. – Para cubrir daños parciales producidos a la nave por incendios o explosiones a bordo. Esta cláusula no incluye los daños producidos por fermentación, vicio propio, combustión espontánea producidos por el calor del incendio ni los objetos robados durante el mismo ni los incendios producidos en cumplimiento de las órdenes de las Autoridades portuarias o sanitarias.
– Responsabilidad Civil por Colisión. – Cubre únicamente la responsabilidad de la nave por daños causados por abordaje a otras naves o instalaciones portuarias.
– Averías Particulares por Colisión. – Para cubrir los daños propios sufridos por la nave asegurada como consecuencia de una colisión con otra nave o instalaciones portuarias.
– Gastos de Sue & Labour (Minimización de Pérdidas). – Es deber del asegurado actuar en todo momento como si no estuviera asegurado tomando todo tipo de medidas para la preservación de la nave asegurada, tal y como lo haría una persona prudente. Esto significa que deberá incurrir en gastos para minimizar o prevenir la pérdida y los aseguradores reembolsarán tales gastos o reembolsos en adición a los que indemnicen como pérdida. Los Gastos de Sue & Labour se refieren al salvamento de la nave ya que si se tratara de salvaguardar el bien común se refiere a gastos por Avería Gruesa.
– Coberturas a Todo Riesgo. – Más conocidas como Cláusulas del Instituto de Londres o Americano. Son coberturas muy amplias y que sólo se otorgan a buques de líneas regulares o empresas debidamente establecidas. Las más conocidas son:
- Time Clauses o Voyage Clauses, para buques oceánicos
- Fishing Vessel Caluses, para embarcaciones pesqueras
- Tug Form, para remolcadores
- Port Risks, para riesgos en puerto.
PLANES DE COBERTURA
Plan “A”
- Pérdida Total Absoluta
- Pérdida Total Constructiva
- Gastos de Salvamento
Plan “B”
- Pérdida Total Absoluta
- Pérdida Total Constructiva
- Gastos de Salvamento
- Responsabilidad Civil por Colisión
Plan “C”
- Cláusula del Instituto para Embarcaciones Pesqueras (IFVC)
Plan “D”
- Pérdida Total Absoluta
- Pérdida Total Constructiva
- Gastos de Salvamento
- Avería Particular por incendio y/o explosión
- Responsabilidad Civil por colisión
Plan “E”
- Pérdida Total Absoluta
- Pérdida Total Constructiva
- Gastos de Salvamento
- Avería Particular por incendio y/o explosión
- Responsabilidad Civil por colisión
- Avería Particular por hundimiento, varadura, encalladura y colisión
TIPOS DE PÓLIZAS
Pólizas a Término (Time Policies).
Su duración por lo general es de 01 año, pero se pueden emitir por períodos menores. La cobertura se extiende durante todo el período de la póliza.
Pólizas por Viaje (Voyage Policies).
La cobertura se limita al tiempo de duración del viaje asegurado entre un puerto y otro, ambos pre-establecidos en la póliza.

CASCO MARÍTIMO
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